


No te los pongas: ANMAT prohibió el uso, la venta y producción de dos reconocidas marcas de repelente
Redacción Informate San Juan






La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió el uso, la venta y la publicación de dos tipos de productos, uno clave en el verano. Uno de ellos es una marca de repelente, que se utiliza mucho ante la suba de temperaturas y mayor presencia de mosquitos, que generan riesgos de contagios de dengue, por ejemplo.
Según explicó la autoridad sanitaria, la prohibición tiene que ver con que los productos en cuestión no poseen “registros de establecimiento y de producto”, algo que los convierte en ilegales. Esta medida se hizo pública a través del Boletín Oficial publicado este miércoles 22 de enero.



En la disposición 417/2025, se informó que la medida rige sobre el “repelente natural en base de aceite de citronella marca Mosquichau en todos sus lotes, presentaciones, vencimientos y contenidos netos”. Según explicaron, no se encontraron datos de identificación que estén conectados con el repelente en cuestión, tras una búsqueda de los "productos inscriptos ante la Anmat, perteneciente al Servicio de Productos Cosméticos y de Higiene Personal".
Cabe mencionar que no fue el único repelente sobre el que salió una prohibición, ya que, a través de la disposición 459/2025, indicó que “se detectó la comercialización de un producto repelente de insectos de origen nacional falsificado, identificado fraudulentamente bajo la denominación “Stop, repelente de insectos” de marca Dr. Farma”, que presentaba datos falsos referidos a su supuesta inscripción sanitaria”.
El texto agrega: "Toda vez que se trata de un repelente de insectos falsificado, para el que se desconoce el establecimiento que estuvo a cargo de su elaboración, y en consecuencia, para el que no es posible brindar garantías acerca de su eficacia, seguridad y/o formulación con ingredientes permitidos por la normativa vigente aplicable, el Departamento de Control de Mercado sugiere prohibir el uso, la comercialización, la distribución en el territorio nacional y publicación en plataformas de venta en línea del producto falsificado de origen nacional que declara en su etiquetado datos falsos referidos a su inscripción sanitaria”






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