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Cuidado en la peluquería: ANMAT prohibió el uso de un extenso listado de productos para el pelo

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica emitió una serie de resoluciones por posibles riesgos a la salud.
Salud27 de enero de 2026Redacción Informate San JuanRedacción Informate San Juan
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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) informó acerca del riesgo alrededor de un grupo de productos para el pelo. En este marco, la entidad avanzó con la prohibición del uso, la venta, la publicidad y distribución de una serie de elementos.

El motivo detrás de la medida tiene que ver con la falta de inscripción sanitaria, una infracción habitual por las que la ANMAT emite prohibiciones.

Además de los productos capilares, la resolución también rige un sobre un spray antihongos y un ungüento medicinal. Como ocurre habitualmente, esta medida fue anunciada a través del Boletín Oficial.

Los productos prohibidos por el ANMAT

La Disposición 136/2026 hace referencia a los cosméticos capilares, que refiere a una extensa lista de productos de la marca SUAD, luego de que se detecte que no tenían el registro correspondiente. En detalle, no contaban con inscripción sanitaria y no tenían antecedentes en la base oficial de cosméticos inscriptos.

alisado

Algunos de los productos indicados eran alisadores para el cabello, donde la ANMAT hizo especial énfasis. Al no contener registro detallado, se sospecha acerca de la presencia de formol, una sustancia que no está autorizada como principio activo alisante.

A través de la Disposición 101/2026, se indicó la prohibición de elaboración, venta, publicidad y uso de un spray antihongos y antimoho, que prometía la eliminación de hongos del hogar. Sin embargo, una consulta acerca de su inscripción marcó que no contaban con registro sanitario alguno.

Por último, ANMAT emitió la Disposición 128/2026 hizo referencia a un ungüento mentolado de origen extranjero, al que se procedió a su secuestro en el marco de una causa judicial. La misma fue tramitada en un juzgado federal del Conurbano.

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El organismo, a través de la Dirección de Gestión de Información Técnica, pudo verificar que este elemento no estaba dentro del Registro de Especialidades Medicinales. Por las indicaciones en su envase, ANMAT consideró que correspondía a la categoría de medicamento, algo que remarcó que tenía la necesidad de contar con autorización sanitaria.

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