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La denuncia fue radicada por la Dirección General Impositiva (DGI).
La medida fue oficializada en el Boletín Oficial y ya entró en vigencia. La administración libertaria avanza con las modificaciones en las regulaciones.
PaísRedacción Informate San JuanEl Gobierno anunció que a partir de este lunes el transporte de automotor de mediana y larga distancia quedará desregulado. La norma fue oficializada y detallada esta noche en el Boletín Oficial. Pero, ¿qué implica esta medida?.
Las principales novedades para el transporte a partir de este lunes serán la creación de un nuevo Registro Nacional del Transporte de pasajeros, el libre establecimiento de recorridos, horarios, precios y duración de los servicios por parte de los transportistas.
Además, se liberarán otras restricciones que permitirán el ingreso de nuevas empresas que operen combis en lugar de micros, y se les habilitará el ingreso a aeropuertos para levantar pasajeros.
Según argumentaron desde Casa Rosada, el equipo económico considera que, a determinado plazo, un cambio de esta naturaleza debería redundar en una mayor oferta y competencia de precios.
Las modificaciones en la reglamentación para el transporte de mediana y larga distancia generó algunas inquietudes en empresas del sector. La Asociación Argentina de Empresas de Transporte de Pasajeros (Aaeta) compartió un comunicado luego de que se adelantada la medida donde si bien destaca que “la normativa busca aumentar la flexibilidad en el acceso al mercado para los operadores y en la capacidad de ajustar la oferta de servicios”, advierte que "cualquier apertura en el mercado debe ser gradual para evitar saturaciones que podrían poner en riesgo la viabilidad de los transportistas actuales”.
Desregulación del transporte de larga y mediana distancia: cuáles son los cambios
El decreto, al cual tuvo acceso Ámbito semanas atrás, menciona que "se podrán establecer libremente los recorridos, vehículos, horarios, precios, duración de los servicios, e incluso los puntos de ascenso y descenso de pasajeros que estén autorizados por la jurisdicción local respectiva, lo que generará una mayor oferta de servicios y competencia de precios que beneciará tanto al usuario como a las empresas y transportistas".
Según informó hoy la Secretaría de Transporte de la Nación, además "tendrán que informar la capacidad de transporte, detallando cantidad y tipo de vehículo, cantidad de asientos, seguros contratados, la nómina de conductores a asignar y la información relativa a las licencias de conducir de los mismos, la periodicidad de los servicios declarados, el origen, las paradas intermedias y el destino del viaje".
En este punto entra en vigencia el Registro Nacional del Transporte de pasajeros, organismo mediante el cual se deberán informar y ofrecer al público los servicios disponibles.
"Las empresas y transportistas que ya estaban registradas no tendrán que hacerlo nuevamente. Sí deberán registrarse las nuevas que, una vez inscriptas, obtendrán de manera automática la habilitación para operar luego de 5 días post inscripción, aplicando de esta forma la nueva metodología de “Silencio Positivo” ya implementada por el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado" aclararon desde la Secretaría de Transporte.
En cuanto a los plazos, adelantaron desde el Gobierno que "la autoridad de aplicación de esta medida será la Secretaría de Transporte de la Nación del Ministerio de Economía y comenzará a implementarse en 60 días, cuando se realicen las actualizaciones tecnológicas necesarias".
La denuncia fue radicada por la Dirección General Impositiva (DGI).
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